Bodas en Oaxaca

Requisitos para Bodas en Oaxaca

Acabas de compromoterte en matrimonio! Recuerda que necesitas cumplir con ciertos trámites para la boda civil. Como es un tramite legal debes de contar con algunos documentos y trámites necesarios, aquí te mostramos los requisitos...


Pasos a Seguir Para La Boda Religiosa

1.- Tienen que buscar la Iglesia católica que les corresponda, según la ubicación donde vivan, para que realicen todos sus trámites como si se fueran a casar en el lugar de residencia.
2.- Explicar que se quieren casar en la arquidiócesis de Oaxaca (Nota: Dando la fecha, pues se demora un tiempo)
3.- Posteriormente, la Curia del lugar de su residencia enviará sus datos a la curia de Oaxaca, aclarando que no existe ningún impedimento para su enlace; así mismo informando en que iglesia se quieren casar en Oaxaca y sobre todo la fecha y hora. Proporcionándoles a usted como novios una copia.

Los datos serán dirigidos a:
Curia de Oaxaca
Av. Independencia No. 700, Col. Centro. C.P. 68000. Oaxaca,Oax. Tel: 01 (951) 51 6 48 22
4.- La Curia de Oaxaca se encargara de enviar sus datos a la Parroquia a la que pertenece la Iglesia que escogieron; pues es aquí, donde realizan su Acta de Matrimonio.


Trámites migratorios.

Consideraciones generales:
Los servicios migratorios pueden gestionarse en las 32 delegaciones regionales del Instituto Nacional de Migración y en sus respectivas subdelegaciones regionales y locales.
Para la gestión, el extranjero o su representante legal deberán utilizar el formato “Solicitud de Trámite Migratorio” y cumplir con los requisitos señalados para cada caso. Todos los requisitos deberán ser presentados en original y copia para cotejo de la autoridad migratoria. Los originales serán devueltos al solicitante, con excepción de las cartas y escritos dirigidos al Instituto Nacional de Migración.

Los documentos emitidos en el exterior (con excepción del pasaporte o los documentos de identidad y viaje), deberán ser apostillados por la autoridad gubernamental del país emisor, o bien, legalizados por el consulado mexicano correspondiente y en su caso, traducido al español por perito oficial.

En caso de que el interesado realice el trámite a través de un apoderado o de un representante legal, éste deberá acreditar tal carácter con carta poder a su favor otorgado por el extranjero, y copia de una identificación oficial vigente que contenga fotografía y firma del apoderado o representante legal, según corresponda y del que otorga el poder. El Instituto Nacional de Migración emitirá sus resoluciones ejerciendo, en su caso, la facultad discrecional que la Ley General de Población, su Reglamento y demás disposiciones legales aplicables que le confieren y será ejercida por los funcionarios públicos del Instituto, de conformidad a los diversos acuerdos delegatorios en vigor.

La presentación de la solicitud y los requisitos, le garantiza al promovente una respuesta en los plazos legales (35 días calendario), pero no necesariamente será ésta en sentido afirmativo o conveniente a sus intereses. En el ejercicio de esta facultad discrecional se observarán los plazos para señalar previsiones al promovente, en términos del artículo 17-A, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Cuando se presenten cartas o escritos dirigidos al Instituto Nacional de Migración, deberá entregarse una identificación oficial vigente con fotografía y firma de la persona que suscribe la carta, y si se trata de un extranjero, presentar su documento migratorio.

Documentos Específicos
• Forma Migratoria de Turista (FMT), FM3 o FM2, original vigente.
• Original del Pasaporte Vigente y fotocopias de todas las paginas para su cotejo.
• Original y copia del Formato Oficial de solicitud del trámite elaborado.
• Carta personal solicitando la autorización del trámite, suscrita por el extranjero (a) y apoyado por el interesado (a) nacional mexicano, indicando ante que oficialia del Registro civil se realizara el matrimonio y la fecha de celebración.
• Carta personal bajo protesta de decir verdad, suscrita por los interesados, manifestando no tener impedimento legal alguno para contraer matrimonio.
• En su caso, copia certificada de la sentencia o acta del divorcio decretado.
• Copia certificada del acta de nacimiento e identificación oficial del nacional mexicano interesado.
• Original y dos copias fotostáticas del pago de derechos por concepto de autorización del trámite migratorio. Deberá pagar por la inscripción de su matrimonio en el Registro Nacional de Extranjeros. Los pagos se realizarán en cualquier sucursal Bancaria.

• Si el trámite lo realiza un tercero, presentara carta poder otorgada ante dos testigos, en la que el interesado designe apoderado para actuar a su nombre y representación ante el Instituto Nacional de Migración.
• Copia comprobante de domicilio (Recibo de Luz, Agua, Teléfono, etc.) y copia de la identificación de quien aparezca en el mismo.

Instituto Nacional de Migración en Oaxaca. Av. Independencia No. 709. Palacio Federal. Col. Centro, Oaxaca, Oax. C.P. 68000 Tels: 01 (951) 502 00 04 Ext. 203, 202 y 213 Pág. Web: www.migracion.gob.mx





Boda Civil

Matrimonio entre nacionales

Requisitos:
• Presentar solicitud de matrimonio (de venta en Recaudación de Rentas) la cual deberán requisitar los contrayentes de acuerdo a los datos que aparezcan asentados en sus respectivas Actas de Nacimiento.
• Actas de Nacimiento de los contrayentes actualizadas.
• Certificados Médicos Prenupciales, expedidos por la S.S .A. o Médico Particular Titulado (vigencia 30 días naturales)
• Identificación de los Contrayentes (Credencial de Elector, Pasaporte, Cartilla del Servicio Militar Nacional, Certificado de Estudios con fotografía o Constancia de Identidad)
• Declaración por escrito de dos testigos por cada uno de los contrayentes, presentando identificación (el formato lo proporciona la Oficialia )
• Autorización de los padres cuando los contrayentes sean menores de edad. Y deben presentarse el día en que se lleve a cabo la celebración del matrimonio.
• Convenio de Régimen de Separación de Bienes, si optan por éste (el formato lo proporciona la Oficialia del Registro Civil)
• Cuando uno de los contrayentes es viudo o divorciado, deberá presentar copia Certificada del Acta de defunción o divorcio.
• Constancia de pláticas prenupciales (Oficinas de la Procuraduría de la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia).

El Matrimonio puede celebrarse en:
La oficialía del Registro Civil (en horario de oficina)
A domicilio todos los días del año.
Comprobante de pago de los derechos efectuados en la Recaudación de Rentas.



Matrimonio entre nacional y extranjero

• Presentar solicitud de Matrimonio (de venta en Recaudación de Rentas), la cual deberán requisitar los contrayentes de acuerdo a los datos que aparezcan asentados en sus respectivas Actas de Nacimiento.
• Actas de Nacimiento de los contrayentes actualizadas.
• Certificados Médicos Prenupciales, expedidos por Ia S.S.A. o Médico particular Titulado (vigencia 30 días naturales)
• Identificación del Contrayente Nacional (Credencial de Elector, Pasaporte, Cartilla del Servicio Militar Nacional, Certificado de Estudios con fotografía o Constancia de Identidad)
• Declaración por escrito de dos testigos por cada uno de los contrayentes, presentando identificación (el formato lo proporciona la Oficialia )
• Presentar autorización para contraer Matrimonio expedida por las Autoridades Migratorias de la Secretaria de Gobernación, que puede tramitarlo en la Dirección General de Asuntos Migratorios en el distrito Federal o en la Delegación de Asuntos Migratorios correspondiente.
• Forma Migratoria vigente para acreditar su legal estancia en el país.
• Pasaporte vigente para su identificación
• Constancia de pláticas prenupciales (Oficinas de la Procuraduría de la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia).

El Matrimonio puede celebrarse en:
La Oficialia del Registro Civil (en horario de oficina)
A domicilio todos los días del año.
Acreditar haber efectuado el pago de los derechos correspondientes a la Federación y al Estado.



Matrimonio entre extranjeros

• Presentar solicitud de Matrimonio (de venta en Recaudación de Rentas), la cual deberán requisitar los contrayentes de acuerdo a los datos que aparezcan asentados en sus respectivas Actas de Nacimiento.
• Actas de Nacimiento de los contrayentes actualizadas.
• Certificados Médicos prenupciales, expedidos por la S.S .A. o Médico particular Titulado (vigencia 30 días naturales)
• Declaración por escrito de dos testigos por cada uno de los contrayentes presentando identificación (el formato lo proporciona la Oficialia )
• La apostilla de la copia Certificada del Acta de Nacimiento de cada uno de los contrayentes
• Forma Migratoria vigente para acreditar su legal estancia en el país.
• Pasaporte vigente para su identificación.
• Constancia de pláticas prenupciales (Oficinas de la Procuraduría de la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia).

El Matrimonio puede celebrarse en:
En la Oficialía del Registro Civil (en horario de oficina)
A domicilio todos los días del año.
Únicamente cubrirán el pago de los correspondientes al Estado, que señala la ley Vigente.

Para consultar tarifas vigentes y obtener mayor información favor de consultar nuestra pagina de Internet:
http://www.registrocivil.oaxaca.gob.mx
García Vigíl No. 602, Col. Centro Oaxaca, Oax. C.P. 68000
Tel: 01 (951) 51 4 39 11
Fax: 01 (951) 51 6 34 02